CDMX.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió tres solicitudes de medidas cautelares: dos promovidas por la difusión de propaganda ilegal de la Revocación de Mandato atribuible a distintos servidores públicos de la Ciudad de México y del Gobierno de México; y la tercera solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) por la difusión de un promocional del partido Movimiento Ciudadano (MC) supuestamente, con material calumnioso, declaradas todas como improcedentes.
Por ser actos irreparables no proceden medidas cautelares solicitadas por la difusión ilegal y llamados al voto relativas a la Revocación de Mandato
La Comisión resolvió como improcedente la medida cautelar solicitada por una ciudadana en contra de Alejandra Méndez Vicuña, diputada de la Ciudad de México por el partido Morena, por la presunta difusión ilegal de la Revocación de Mandato derivado de la publicación de diversos materiales en su cuenta de Twitter.
De igual forma determinó como improcedentes las medidas cautelares solicitadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de Marcelo Ebrard Casaubon, Secretario de Relaciones Exteriores del Gobierno de México, así como de Julio César Moreno Rivera, Diputado Federal, quienes, aparentemente, el día de la Jornada de la Revocación de Mandato de este domingo 10 de abril hicieron un llamado a la ciudadanía a votar, en virtud de lo cual solicitaron la emisión de las medidas cautelares para eliminar de inmediato esas publicaciones y, en vertiente de tutela preventiva, a que se abstenga de seguir generando publicaciones en el mismo sentido.
En ambas denuncias, la Comisión consideró improcedentes las cautelares solicitadas, aun en su vertiente de tutela preventiva, ya que se trata de actos irreparables considerando que los materiales están relacionados con la Revocación de Mandato que tuvo verificativo ayer domingo 10 de abril del año en curso, por lo que, en sede cautelar ya no se actualiza algún riesgo inminente a los principios rectores de la materia, con independencia de la resolución de fondo que en su momento emita la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Improcedente la queja del PAN por promocional de MC en Aguascalientes amparado en la libertad de expresión
Finalmente, la Comisión negó las medidas cautelares solicitadas por el PAN en las que denunció el promocional CONTRASTE AGUASCALIENTES RÉPLICA en contra del partido MC, al considerar que contiene afirmaciones y elementos que actualizan calumnia en su perjuicio y en contra de su candidata a la gubernatura de Aguascalientes, María Teresa Jiménez Esquivel, con impacto en el Proceso Electoral Local.
El colegiado estimó que, en apariencia del buen derecho, en el promocional denunciado no se advierte la imputación de hechos o delitos falsos con impacto en el proceso electoral, puesto que las expresiones que se escuchan, así como los contenidos visuales (en el caso del spot de televisión), exponen la visión o el posicionamiento del partido MC y su candidata sobre temas que han sido abordados en los medios de comunicación.
En consecuencia, en una visión preliminar, determinó que los contenidos referentes a que, “…Si como alcaldesa hizo cosas muy pero muy cuestionables imagínate como gobernadora… ¡Aguas!, la corrupción no se quita, ni que fuera gripa.” no constituyen un mensaje calumnioso, sino se trata de temas que se encuentran en el contexto del debate público, derivado de la problemática que, a juicio del partido político emisor de los mensajes se vive en el estado de Aguascalientes.
Los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.