El Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó una iniciativa ciudadana en materia de derechos humanos propuesta por diferentes organizaciones y ciudadanas, con la finalidad de que la comisión tenga mayor eficacia en la protección de los derechos humanos y que les dé certeza a quienes presenten quejas por la violación de sus derechos.
Con aportaciones de la diputada Gabriela Cisneros Ruiz para excluir y adicionar diferentes articulados del dictamen entre las que destacan que se conserve la norma actual, y evitar que quienes ocupen la presidencia y visitadurías no puedan sufrir persecución de acción legal, como se proponía; que quienes se desempeñen los cargos de Presidente, Visitador General, Visitador Regional, Secretario o Secretaria Ejecutiva y Titular del Órgano de Control, no podrán desempeñar otro empleo, cargo o comisión en ningún nivel de la administración pública, órgano autónomo o cualquier otra actividad remunerada dentro del sector privado, salvo la docencia, asi como que para las sesiones ordinarias, el Consejo de la CEDH elabore un calendario, acordando para ello, una vez al año las mejores fechas para estas sesiones.
Se adicionó también que quien ocupe la presidencia de la comisión, presente al Consejo el plan anual de trabajo para su aprobación, y elabore y proponga el presupuesto anual de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos
La iniciativa fue presentada por varias personas entre ellas Charlene Ramos Hernández, el Centro Mujeres, Asociación Civil, Teresa Shields, Mónica Jassis Silberg, Silvia Florencia, García Islas, Cristina Ortuño Villaseñor, Fundación Generación Unicornio A.C., Sabrina López, María Elena Rojas, Georgina Hernández, Equide, A.C., y Carla Lourdes Alvizo Rubio.
La Comisión Permanente de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas que preside la diputada Eufrocina López Velasco así como la diputada María Guadalupe Moreno Higuera y el diputado Juan Pérez Cayetano, encontró procedentes algunas propuestas, ya que aportaban equilibrio para las decisiones que debe tomar la presidencia de la Comisión, como lo es la aprobación del reglamento interno de dicho organismo y acortar los términos para la notificación de resoluciones.
No así, otras propuestas fueron improcedentes, como es el caso del carácter del Consejo Consultivo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos que se establece en el artículo 23 de la Ley de dicha Comisión, debe prevalecer como Consultivo por estar acorde con lo establecido por la Constitución.