Aprueba el Congreso del Estado dictámenes en materia de Protección Civil y Discapacidad

  • Se reforma, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de BCS; la ley Estatal para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en BCS; de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de BCS; y de la Ley de Protección Civil y Gestión de Riesgos para el Estado y Municipios de BCS

 

Relativo a la iniciativa presentada por la diputada Lorena Marbella González Díaz en la que alude la necesidad de impulsar la construcción de una cultura amplia de Protección Civil desde temprana edad en el sistema escolar estatal para estar  en posibilidad de enfrentar a cualquier agente perturbador, la comisiones  unidas dictaminaron favorable se adicione la fracción XXX al artículo 101 de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de BCS, para garantizar la formación integral en la materia, en virtud de fomentar el conocimiento de sus obligaciones mediante talleres de formación y aprendizaje en coordinación con autoridades federales.

Por lo que, derivado de las necesidades externadas a la legisladora, por parte de profesores, fue aprobado plasmar en la Ley de Protección Civil y Gestión de Riesgos, que las nuevas generaciones reciban durante de su proceso de formación escolar información amplia en materia de protección civil  como parte fundamental para crear una cultura integral del sector.

En cuanto a la iniciativa presentada por la diputada María Guadalupe Moreno Higuera, que busca proteger la salud, integración personal, vida, bienes materiales y derechos de las personas con discapacidad, mediante la reforma al marco jurídico estatal para que se garantice la participación de intérpretes de lengua de señas mexicanas en las instituciones y dependencias de la entidad y sus municipios, particularmente en aquellas que forman parte del Sistema  Estatal de Protección Civil y su Consejo, las comisiones unidas consideraron factible la reforma a la fracción XXVIII y adición de la facción XXIX del artículo 25 y la adición del artículo 83 Bis de la ley antes  mencionada, para realizar los ajustes razonables en las transmisiones televisivas en la entidad mediante el IERTBCS y medios privados que garanticen la participación activa de intérpretes  de lengua de señas mexicanas en todas las sesiones del Consejo Estatal de Protección Civil.

Correspondiente a la iniciativa presentada por el Diputado Luis Armando Díaz, que busca poder mitigar los riesgos de los fenómenos naturales y sus devastadores efectos, las comisiones unidas coincidieron con la propuesta plasmada por el iniciador, de revisar el fundamento legal de actuar de las autoridades en materia de protección civil para establecer la figura de la Subsecretaría de Protección Civil, así como un secretario técnico mismo que será el titular de la misma, la cual dependerá de la Secretaría General de Gobierno, para que de manera legal y administrativa ejerza debidamente las atribuciones de su competencia; así como la armonización de la Ley antes mencionada con las dispociones de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado y los Municipios de BCS.

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