Aprueba el Congreso del Estado que trabajadores reciban atención de salud preventiva, mental y/o psicológica

  • Se reforma y adiciona el artículo 44 de la Ley Burocrática estatal para que todos los entes públicos brinden atención en salud preventiva y mental a sus trabajadores

 

La XVI Legislatura aprobó el dictamen presentados por la Comisión Permanente de Asuntos Laborales y de Previsión Social relativo a la iniciativa mediante la cual se reforma y adiciona el artículo 44 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur presentada por la Diputada Eda María Palacios Márquez, la cual tiene por objeto atender síntomas tempranos de enfermedades y padecimientos de estrés, ansiedad, depresión y demás patologías provocadas a quienes laboran al servicios de los poderes del Estado, municipios, e instituciones descentralizadas, y que reciban atención en la salud preventiva, y en la salud mental y/o psicológica.

Lo anterior, expuso la iniciador, en sintonía con la norma oficial mexicana NOM-035-STPS-2018 factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención, que tiene como propósito principal el de promover entornos organizacionales favorables para los trabajadores que redunden en su calidad de vida y mejorar el desempeño de las instituciones donde laboran.

En consecuencia, quienes integran la comisión dictaminadora consideraron en sentido positivo la propuesta en comento, bajo los siguientes fundamentos: para que se prevengan y atiendan síntomas tempranos de enfermedades y padecimientos de estrés, ansiedad, depresión y demás patologías provocadas por el trabajo, toda vez que la presentación de dichos problema en el entorno laboral son un problema actual que debe visualizarse, por lo que, al estar en favor de las y los trabajadores y, para ampliar y modificar la propuesta contenida en el proyecto, propusieron que la reforma establezca la obligación normativa de los Titulares de los Poderes del Estado y Municipios para que implementen acciones que fomenten la salud mental, para tales efectos, las dependencias podrán realizar convenios con las instituciones de salud pública para alcanzar los objetivos mencionados.