- Refiere que dicho personal no pierde sus derechos y prestaciones
La Mesa Directiva del Congreso del Estado de Baja California Sur turnó a la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y de Justicia, minuta con proyecto de decreto de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en materia de Guardia Nacional.
La minuta reforma, adiciona y deroga diversas disposicionesde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, específicamente por una cuestión de interpretación del alcance del artículotercero transitorio del decreto publicadoen el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo delaño 2019, referente a los derechos de militares asignados a la Guardia Nacional.
El proyecto de decreto enviado especifica que la asignación de elementos de las policías militar y naval tuvo por objeto que elpersonal fuera separado funcionalmente de las fuerzas armadas paradesempeñar funciones de seguridad pública en la Guardia Nacional, sin perder sus derechos y prestaciones.
También refiere que dicho personal no pierde sus derechos y prestaciones, por lo que la “reasignación” implica que el elemento militar onaval deje de realizar sus funciones en Seguridad Pública y seareintegrado a su fuerza armada para continuar realizando susactividades de índole netamente castrense con la suma de derechosy prestaciones adquiridos en dicha institución de seguridad pública, es decir genera la certeza jurídica de que la asignación tiene uncarácter temporal, ya que esta situación podría concluir una vez quela mencionada institución de seguridad pública se consolide.
La minuta establece también que se protegen los derechos, estímulosy prestaciones de los elementos militares, a fin de que se les reconozca y se les compute todo eltiempo de servicios que presten en la misma al momento de sureasignación, para los efectos de sumarlo a su antigüedad en lasfuerzas armadas, lo que redunda en el derecho de participar enpromoción para el ascenso al grado inmediato durante el tiempo queestén asignados y en su reasignación, así como de los demásbeneficios y prestaciones.