- La PDMF deberá promover en coordinación con el MP ante el juez de lo familiar, la tramitación de los juicios de pérdida de la patria potestad, dentro de los 30 días siguientes de la actualización de alguna de las hipótesis de pérdida de patria potestad
A fin de agilizar los procesos de adopción y reducir los obstáculos legales, la diputada Rosalva Vergara Martínez propuso reformar la Ley de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del Estado de Baja California Sur y el Código Civil para el Estado.
La propuesta, busca agilizar el inicio de los trámites de los juicios de pérdida de la patria potestad y establecer sanciones en caso de que no se inicien con celeridad.
La legisladora narró que los procesos judiciales para la adopción son extremadamente largos, complicados y engorrosos, y que aunado a la falta de promoción, ocasionan que los presuntos padres adoptivos abandonen los procedimientos, situación desde luego, en perjuicio de los menores.
La propuesta reforma la fracción IX de la Ley de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del Estado para que la dependencia tenga la atribución de: “Promover en coordinación con el Ministerio Público ante el Juez de lo Familiar, la tramitación de los juicios relativos a la pérdida de la patria potestad, lo cual deberá ocurrir dentro de los 30 días siguientes a que tenga conocimiento de la actualización de alguna de las hipótesis de pérdida de la patria potestad previstas por el artículo 507 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur”.
Establece también que, se presume que se actualiza alguna de las causales de pérdida de la patria potestad, a partir del momento en que el menor sea puesto en resguardo de Casa Cuna-Casa Hogar, o bien a partir del momento en que tenga conocimiento de su actualización a través de los expedientes que le sean turnados por el Ministerio Público por conducto del departamento de Trabajo Social.
Así mismo la propuesta contempla también que, la falta de promoción oportuna del juicio de pérdida de la patria potestad, cuando su promoción sea procedente, se sancionará con la destitución de él o la titular de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia.
La diputada, Rosalva Vergara recordó que los padres, no sólo biológicos, sino también adoptivos, pueden perder la patria potestad sobre sus hijos menores de edad, en caso de incumplir con los supuestos de hipótesis de pérdida.