- Los Municipios a través de sus Ayuntamientos, a más tardar el día 31 de diciembre del año del inicio de su administración, crearán sus respectivos Consejos Consultivos Municipales
La XVI Legislatura del Congreso del Estado aprobó reformar la integración y función de los Consejos Municipales de Turismo propuesta por el Diputado Eduardo Valentín Van Wormer Castro, a fin de que los integrantes del consejo, puedan plantear al seno del órgano las inquietudes, necesidades y propuestas en materia de actividad turística para que la autoridad municipal resuelva lo conducente en bien del sector.
En ese tenor, la comisión dictaminadora de Asuntos Comerciales y Turísticos, coincidió con el iniciador al señalar que, estrechar una relación en donde el sector turístico pueda mantener una interacción constante y un intercambio de ideas sobre lo que acontece de manera cotidiana en la actividad turística, y a su vez, pueda mantener una interlocución fiel de las necesidades y aspiraciones del sector turístico en los municipios ante las instancias estatales e incluso, federales para estos mismos fines, es de suma relevancia.
Por tanto, fue aprobado en cuanto a la integración: a) Serán integrados por los funcionarios que tengan a su cargo la materia turística y representantes de las organizaciones de los prestadores de servicios turísticos, las organizaciones de trabajadores turísticos, las instituciones académicas que tengan estudios en la materia y las demás que se consideren dentro del reglamento interno del consejo, b) Serán presididos por el titular de la Dirección de Turismo o del área administrativa del ayuntamiento que corresponda, quien será suplido por la o el Presidente de la Comisión Edilicia de Turismo y podrán ser invitadas a las sesiones de los Consejos, las instituciones y entidades públicas, privadas y sociales que se acuerde y las personas relacionadas con el turismo en el Municipio, las que participarán sólo con derecho a voz, c) Los Consejos se reunirán y funcionarán en los términos que señale su propio reglamento; en cuanto a las atribuciones: a) Proponer y emitir su opinión sobre el desarrollo y ejecución de los programas municipales de turismo, b) Actuar como órgano de consulta, asesoría y apoyo técnico de las autoridades estatales y del municipio, según el caso, en materia turística, c) Concertar entre los miembros del sector, las políticas, planes, programas y proyectos turísticos, d) Representar ante la autoridad municipal las necesidades y propuestas del sector turístico, e) Las que le otorgue el reglamento y demás disposiciones en la materia.
En la discusión del tema la diputada Lorena Marbella González Díaz, propuso modificar el inciso B del artículo 12 para quedar como siguiente: “estarán presididos por los presidentes municipales y en su ausencia serán suplidos por el titular de la dirección de turismo o del área administrativa del ayuntamiento al que corresponda; podrán ser invitados o invitadas a las sesiones del consejo instituciones y entidades públicas y privadas solo con derecho a voz.