Respalda legislativo al OOMSAPASLC en Fideicomisos para desalinizadora

El Pleno del Congreso del Estado aprobó las iniciativas  de reforma presentadas por el XIV ayuntamiento de Los Cabos, que autorizan al Organismo Operador Municipal del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Los Cabos para que, constituya y aporte a un fideicomiso maestro de administración; y/o modifique y aporte a un fideicomiso existente, el total una parte de /os recursos que cobre por la prestación de sus servicios.

Lo anterior, con base en el artículo 27 fracción Vll y artículo 28 fracción ll y demás aplicables de la Ley de Aguas del Estado de Baja California Sur.

En ese contexto se destinará como garantía y/o fuente al tema de pago de las obligaciones a cargo del OOMSAPASLC que en su caso deriven del CAPP. Además, el Municipio a su vez queda facultado para usar /os fondos de la afectación para constituir en el fideicomiso al que se refiere el presente artículo o en uno ya constituido para tal  efecto; un fondo de reserva hasta por la cantidad equivalente a 3 meses de la contraprestación que resulte a favor del desarrollador y, en su caso, a reconstituir dicho fondo en caso de ser requerido por el proyecto.

Así mismo, se aprobó la iniciativa para que el Organismo Operador Municipal constituya y aporte a un fideicomiso maestro de administración; y/o modifique y aporte a un fideicomiso existente, el total una parte de /os recursos que cobre por la prestación de sus servicios en términos del artículo 27 fracción Vll y artículo 28 fracción ll y demás aplicables de la Ley de Aguas del Estado de Baja California Sur, cuyo fin principal sea transferir los recursos necesarios al pago de contraprestaciones de diferentes proyectos de infraestructura del Organismo Operador Municipal del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado y Saneamiento de Los Cabos.

Esto implica reformar los artículos cuarto, quinto y octavo del decreto 2731 y 2732, publicado en el boletín oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur.