Piden cárcel para quien coaccione a menor cambiar de sexo; petición ya es analizada por el Congreso local

Propone establecer una sanción de siete a 14 años de prisión y de 50 a 200 veces el valor diario de la UMA a quien someta, condicione, coaccione, presione u obligue a menor de edad a cambiar o modificar, por medio de cualquier mecanismo su identidad sexual, en contraposición a su sexo biológico”

Integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia de la XVI Legislatura del Congreso del Estado en conjunto con asesores e iniciador analizaron la iniciativa ciudadana que busca adicionar el artículo 205 Ter del Código Penal para el Estado de Baja California Sur, presentada por Rafael Loera Vázquez, misma que tiene el propósito de sancionar a quien someta, condicione o coaccione a menores de edad para cambiar o modificar su identidad sexual.

El presidente de la comisión, diputado José María Avilés Castro acompañado del secretario diputado Luis Armando Diaz y asesores, escucharon la exposición y argumentos del iniciador Rafael Loera Vázquez, presidente de la Asociación de la Familia Natural A.C., acompañado de Alejandro Avilés Ortega, jurídico y de Cinthia Ormart López, de la Asociación de Padres de Familia.

La propuesta de adición del artículo 205 Ter al Código Penal establece “una sanción de siete a 14 años de prisión y de 50 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien someta, condicione, coaccione, presione u obligue a una niña, niño o adolescente a cambiar o modificar, por medio de cualquier mecanismo de carácter externo, terapéutico o similar, su identidad sexual, en contraposición a su sexo biológico”.

El iniciador dijo que lo que buscan es que “esta ley todavía en estos años, pueda salvaguardar y cuidar a la niñez; que no se coaccionen en ninguna forma a los menores de edad: niñez y adolescencia”.

La comisión propuso que la redacción de la adición que refiere a “niña, niño o adolescente” se remplace por “menor de 18 años”, adicionando a “personas con discapacidad o que no tengan capacidad para comprender el hecho”; propuesta que fue aceptada por el iniciador.

Acordaron realizar una siguiente mesa de trabajo con ejecutores de la ley como la Procuraduría General de Justicia del Estado y el Tribunal Superior de Justicia.