- “Es el piso no el techo, de ahí que construyan los grupos lo que convenga”: Diputada Lorena Marbella Díaz González
- Propone una ley incluyente, que fortalece la vida de las instituciones electorales en la Entidad, vigoriza y da certeza a la participación ciudadana
Buscando fortalecer la vida democrática, así como los deseos de participación política que han estado presentes en la sociedad sudcaliforniana por muchos años, la Comisión Especial para la Reforma Electoral, integrada por las Diputadas Lorena Marbella González Díaz, Guadalupe Vázquez Jacinto, Paz del Alma Ochoa Amador, María Luisa Ojeda González, y Diputados Christian Agúndez Gómez y José Rigoberto Mares Aguilar, presentaron este martes la iniciativa con proyecto de decreto de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, del estado de Baja California Sur.
La Diputada Lorena Marbella González Díaz, presidenta de la Comisión, fue quien dio lectura a la iniciativa, precisando que la ley no es perfecta, es perfectible, y la iniciativa presentada en sesión permanente este martes, “es el piso no el techo, de ahí que construyan los grupos lo que convenga”.
Contiene temas relevantes como los bloques de competitividad; participación para todos los grupos prioritarios (que anteriormente participaban como acciones afirmativas), sentencias vinculatorias en el Congreso del Estado (como al de las gubernaturas); es una propuesta de ley que incluye lenguaje no sexista, sino inclusivo, y que trabajó esta XVI legislatura, porque desde el 2014 no se reformaba, para darle a Baja California Sur, una ley de vanguardia, que beneficia a todos y todas por igual; con un piso parejo y que se aplique a partir del año 2024.
De aprobarse, los partidos presentarán sus listas de representación proporcional en forma alternada, es decir, un periodo lo iniciará una mujer, seguirá un hombre y así sucesivamente hasta cumplir las cinco candidaturas.
En ese contexto, a más tardar en el año 2033 en nuestro Estado habrá candidata a la Gubernatura, lo cual es un mandato del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que esta iniciativa que hoy fue presentada ante el pleno, lo acata.
En su artículo 57 establece con claridad que un alcalde o alcaldesa puede ser reelecto por el partido, o coalición que lo llevó al poder, o por un partido de esta coalición, o bien que se separe a la mitad del período de los partidos que lo llevaron al cargo, y sea nominado por otro partido y los partidos políticos definirán los procesos internos en el caso de una eventual reelección.
En el artículo 102 establece que podrán ser candidatos a diputados al Congreso del Estado, un candidato o candidata representando a la diversidad sexual; a los jóvenes; a los afro mexicanos, a los indígenas y a personas con discapacidad; no hay distritos reservados para estas candidaturas, los partidos nominarán alosdiputados y a las diputadas, en donde sean más competitivos y es su derecho a participar.
Esta iniciativa (que fue asignada a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Justicia y Asuntos Políticos para su análisis y dictaminación), implica reformar diversas disposiciones de la Constitución Política y se expide en el marco del fortalecimiento del sistema político electoral de la Entidad, porque propone una ley incluyente, que fortalece la vida de las instituciones electorales en la Entidad, vigoriza y da certeza a la participación ciudadana.