Que deudores alimentarios morosos pierdan la patria potestad de los hijos: Diputada Alondra Torres

 •   La propuesta adiciona y reforma el artículo 507 del Código Civil estatal

 Mediante modificaciones al Código Civil de Baja California Sur, la diputada Alondra Torres García (PT) propuso que deudores alimentarios morosos pierdan la patria potestad de los hijos o aquellos padres que dejen de hacer el pago de la pensión alimenticia por más de tres meses consecutivos.

La propuesta adiciona y reforma el artículo 507 del Código Civil estatal en tres aspectos; el primero para establecer como causar de perdida de la patria potestad al padre, madre, abuelo o abuela que “Deje de hacer el pago de la pensión alimenticia provisional o definitiva, a que se encuentre obligado, ya sea por convenio judicial o por sentencia firme, por más de tres meses consecutivos, o sea declarado deudor alimentista moroso”.

El segundo establece la perdida de la patria potestad cuando quien la ejerza sea condenado por delito grave; y el tercer aspecto propone que quede establecido el divorcio en forma genérica en sustitución de “divorcio necesario” ante la realidad normativa que, en su caso, sujetaría esta hipótesis estrictamente a los casos del divorcio vincular por causas objetivas.

La propuesta también sustituye el término menor por el de niños, niñas y adolescentes, incorporando un lenguaje inclusivo para mayor claridad y para armonizar con la legislación nacional.