El Coordinador diputado Rigoberto Mares señaló un error de interpretación de dicha comisión al fiscalizar por separado a las secretarias, pese a que la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas y la Constitución del Estado establecen que la administración de la Hacienda Pública estatal estará a cargo del Gobernador por conducto del Secretario de Finanzas y Administración
El Coordinador de la Fracción Parlamentaria del PAN de la XVI Legislatura del Congreso del Estado, diputado Rigoberto Mares Aguilar consignó el voto en contra de su fracción en las cuentas públicas 2020 que ha presentadola Comisión Permanente de la Auditoria Superior del Estado, en torno a secretarias del Gobierno del Estado, pues señaló un error de interpretación de dicha comisión al fiscalizar por separado a las secretarias, refiriendo que la Ley de Fiscalización yRendición de Cuentas y la Constitución del Estado establecen que, “la administración de la Hacienda Pública estatal estará a cargo del Gobernador, por conducto del Secretario de Finanzas y Administración, quien será responsable de su manejo”, así como que la cuenta pública debe ser analizada de manera consolidada con base en base en los informes mensuales o el informe anual que presente la Secretaría de Finanzas, y no así, dependencia por dependencia, ya que no son entes que tengan la obligación en lo individual de presentar cuenta pública al Congreso del Estado.
Fundamentado en esas consideraciones, consignó el tribuna el voto en contra de la fracción en los dictámenes de cuentas públicas de la secretarías de Finanzas y Administración, de Planeación Urbana, Infraestructura y Movilidad, así como de la Oficina de Planeación, Evaluación y Promoción de Políticas Públicas, todas del Gobierno del Estado.
Señaló también que fue un hecho público y notorio que la XV Legislatura vivió un proceso de conflictos internos e incertidumbre jurídica, además del recurso de queja interpuesto por el Ejecutivo del Estado, en la estableció que el Congreso del Estado no estaba legalmente integrado y la Suprema Corte de Justicia de la Nación sentenció que se debería de reponer la sesión pública suspendida el 17 de Marzo de 2020, habiéndose repuesto esta sesión el 15 de marzo del 2021, quedando sin efecto todos los actos hasta en tanto se resolviera el fondo de la citada controversia.
Expuso que el ejecutivo en turno se desistió de la misma al inicio de su gestión, por lo que a la actual administración le nace la obligación de entregar las referidas cuentas públicas, toda vez que para la anterior administración, había una imposibilidad jurídica y material.
Señaló que tales implicaciones y efectos de las controversias constitucionales no fueron consideradas por la ASE ni por la comisión dictaminadora, por lo que propuso que losdictámenes fueran regresados a la comisión y se analice si hay estados de excepción, de no responsabilidad o en su defecto, a quién le nace la responsabilidad de la presentación de la cuenta pública en cuestión.
Finalmente los dictámenes fueron sometidos a votación y aprobados por mayoría.