Requisito de elegibilidad, el no ser deudora o deudor alimentario moroso: diputadas Teresita Valentín y Gabriela Cisneros

  • La iniciativa propone evitar que los agresores y deudores alimentarios ocupen un cargo de toma de decisiones, que no accedan a ninguna función Pública o responsabilidad en el ámbito Legislativo, Ejecutivo o Judicial.
  • “La idea ahora es que esto no quede solo como un acuerdo, sino que se legislepara que sea vinculante y se fortalezca el objetivo de su creación”: iniciadoras

Con el propósito de eliminar la violencia contra las mujeres, las diputadas Teresita de Jesús Valentín Vázquez y Gabriela Cisneros, presentaron este martes en sesión permanente,  iniciativa que pone como requisito de elegibilidad, el no ser deudora odeudor alimentario moroso, lo cual es congruente con el interés superior del niño, que es un principio de rango constitucional previsto en el artículo 4° constitucional,que demanda que en toda situación donde se vean involucrados niños, niñas yadolescentes se traten de proteger y privilegiar sus derechos.

La iniciativa de las legisladoras, a la que se sumó la mesa directiva del actual período permanente, plantea reformar la Constitución Política del Estadode Baja California Sur, la Ley de la Comisión Estatal de derechosHumanos, la Ley del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública, laLey Electoral y la Ley Orgánica de la Administración Pública, con el fin de establecer estoslineamientos como requisitos de elegibilidad, idoneidad y probidad para quienesquieran ocupar un cargo de toma de decisiones, ejemplos de esto son Diputadas yDiputados, Gobernadora o Gobernador, Magistradas y Magistrados, Consejeras yConsejeros Electorales, Procuradora o Procurador de Justicia, entre otros.

Es decir, sepropone evitar que los agresores y deudores alimentarios ocupen un cargo de toma dedecisiones, que no accedan a ninguna función pública o responsabilidad en el ámbitoLegislativo, Ejecutivo o Judicial.

Durante su intervención en tribuna, ambas legisladoras argumentaron que se busca que la “3 de 3 contra la violencia” sirva como una garantía deprotección a través de la cual “los partidos políticos deberán solicitar a las personasaspirantes a una candidatura firmar un formato, de buena fe y bajo protesta de decirverdad, donde señale no haber sido condenadas o sancionadas mediante resoluciónfirme por: violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en elámbito privado o público; por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal o por ser personas deudoras alimentarias morosas”.

“La idea ahora es que esto no quede sólo como un acuerdo, sino que se legislepara que sea vinculante y se fortalezca el objetivo de su creación”, destacaron en tribuna las iniciadoras.

En cuanto a la violencia política contra las mujeres por razones de género, laLey General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), ya establece entrelos requisitos de elegibilidad para ser diputada o diputado federal o senadora osenador, específicamente en su artículo 10, el no estar condenada o condenado porese delito.

Se turnó a las Comisiones Unidas dePuntos Constitucionales y de Justicia, Derechos Humanos, Asuntos Indígenas Transparencia y Anticorrupción y de aprobarse, permitirá su aplicación antes del próximo proceso electoral.

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